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Muchos de nuestros clientes extranjeros, altos directivos de empresas en sus países de origen, inversores, socios de empresas nacionales o simplemente empresarios que desean tomarse un descanso, nos solicitan asesoramiento sobre cómo obtener la residencia legal en España.
El procedimiento que generalmente recomendamos, gestionamos y acompañamos en la tramitación a nuestros clientes es la Autorización de residencia no lucrativa.
Esta autorización inicialque se concederá inicialmente por un plazo de un año, está destinada a los extranjeros que deseen residir en España sin realizar actividad laboral remunerada.
Este procedimiento, se inicia en el Consulado español del país de origen del solicitante o de aquél en que reside legalmente el extranjero. Habrá de pedir cita previa a tal fin y presentar la documentación que acredite solvencia económica, carencia de antecedentes penales y prueba de buena salud.
El extremo más relevante de este procedimiento es la acreditación de medios económicos suficientes para sí y para el sostenimiento de su familia. La tenencia de tales medios se probará mediante la unión al expediente de la documentación que acredite la obtención de ingresos periódicos y suficientes o la disponibilidad de un patrimonio que garantice la percepción de ingresos.
La cantidad mínima mensual con la que el solicitante ha de contar asciende a 2.130,04€ correspondientes al 400% del IPREM. Para el sostenimiento de sus familiares deberá de contar además con el 100% del IPREM (532,51€) por cada uno que le acompañe.
Además, deberá aportar al expediente elimpreso de solicitud, una fotografía, pasaporte completo, certificado de antecedentes penales de su país y de aquéllos en los que haya residido en los últimos años traducido y apostillado, certificado médico traducido y apostillado y seguro médico privado que opere en España.
Una vez concedido el visado por el Consulado español, el extranjero deberá entrar en España hasta tres meses después de su emisión y durante el primer mes de estancia en España, habrá de solicitar la tarjeta de identidad de extranjero en la oficina designada a tal fin.

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