Protección de las personas trabajadoras Imagen: freepik

El pasado 4 de julio de 2024 entró en vigor el Real Decreto 612/2024, que modifica el Real Decreto 665/1997 para transponer al ordenamiento jurídico español la Directiva 2022/431. Este nuevo marco normativo tiene como principal objetivo reforzar la seguridad, la salud y la protección de los trabajadores frente a la exposición a agentes cancerígenos, mutágenos y, como principal novedad, reprotóxicos.

Principales novedades del RD 612/2024 en relación con la protección de los trabajadores

Protección de las personas trabajadoras frente a agentes reprotóxicos

Por primera vez, se incorpora la protección frente a los agentes reprotóxicos, que son aquellos que pueden interferir con la reproducción, provocando infertilidad, abortos y malformaciones al feto.

Las medidas contempladas por el Real Decreto se diferencian según si existe o no un nivel de exposición considerado seguro para la salud, fijando valores límite adaptados a las características de cada agente.

Nuevos valores límite de exposición profesional

Se han incorporado hasta catorce nuevos agentes en la tabla de valores límite de exposición profesional del anexo III, en concreto 2 nuevos agentes cancerígenos, y 12 agentes reprotóxicos.

Entre ellos, destacamos:

  • Acrilonitrilo: utilizado en la industria textil.
  • Compuestos de níquel: presentes en la industria del metal, fabricación de baterías de níquel-cadmio, y en sectores como la cerámica y el vidrio.
  • Plomo y sus compuestos inorgánicos: que es uno de los agentes reprotóxicos más utilizados, empleados en actividades como el reciclado, fabricación de baterías y pinturas.
  • Además, se ha actualizado el valor límite para el benceno, presente en industrias como la producción de plásticos, tintes, caucho sintético y plaguicidas.

Formación e información a las personas trabajadoras sobre los riesgos asociados a los agentes cancerígenos, mutágenos y reprotóxicos

El Real Decreto subraya la importancia de proporcionar formación adecuada y específica sobre los riesgos asociados a estos agentes y las medidas de prevención. Las acciones preventivas deben estar adaptadas a las condiciones particulares de cada puesto de trabajo.

  • Evaluaciones específicas y conservación de documentación
  • Evaluaciones exhaustivas: las empresas deben identificar los agentes peligrosos presentes en el lugar de trabajo, valorar su impacto en la salud y establecer medidas preventivas, como sistemas de contención y el uso de equipos de protección individual (EPI).
  • Conservación de registros: la empresa debe conservar los historiales médicos individuales durante al menos 40 años tras la exposición a agentes cancerígenos o mutágenos, y al menos 5 años en el caso de agentes reprotóxicos. En caso de cese antes del cumplimiento de estos plazos, deberá remitirse a la autoridad laboral.

Conclusión

El RD 612/2024 refuerza el compromiso con la prevención de riesgos laborales, ampliando la protección a agentes reprotóxicos y actualizando valores límite de exposición. Las empresas deben garantizar el cumplimiento de estas nuevas exigencias normativas, no solo para proteger la salud de sus empleados, sino también para evitar posibles sanciones.

La colaboración con los servicios de prevención, la identificación rigurosa de los riesgos y la adaptación de medidas a las condiciones específicas de cada puesto de trabajo serán claves para el éxito en la implementación de esta normativa.

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