Antiguo 2301-2019 Devesa&Calvo

Si anteriormente explicábamos en este blog de Devesa & Calvo Abogados en Alicante, Benidorm y Valencia, qué sociedades están obligadas a auditarse, hoy nos referiremos al nombramiento de auditor de cuentas de la sociedad.

¿Quién designa al auditor de cuentas?. Pues bien, será la Junta General de Socios (SL) o de Accionistas (SA) la competente para el nombramiento de auditor de cuentas de la compañía en cuestión. En cualquier caso, es importante señalar que el nombramiento por la Junta General debe producirse antes de que concluya el ejercicio que pretender auditarse (generalmente el 31 de diciembre de cada año natural, salvo expresa previsión estatutaria conteniendo un plazo diferente). Además, en cumplimiento de la vigente Ley de Sociedades de Capital (LSC) la duración del nombramiento de auditor de cuentas no podrá ser por un plazo inferior a tres años ni superior a nueve, desde la fecha en que comience el primer ejercicio a auditar.

Estos plazos mínimos de duración del nombramiento de auditor son de carácter imperativo, es decir que la Junta General no puede revocar a su voluntad el nombramiento de auditor antes de concluido el plazo para el que fue nombrado. Tampoco se admiten cláusulas estatutarias que traten de modificar dicha norma imperativa. Se pretende con ello proteger la independencia del auditor al fiscalizar las cuentas de la sociedad y velar por la imagen fiel de su contabilidad frente a terceros e incluso frente a socios y/o accionistas ajenos a la gestión de la empresa.

¿Cabe la posibilidad de nombrar a varios auditores de cuentas?. Efectivamente, la LSC prevé la posibilidad de que sean una o varias las personas (físicas o jurídicas) que auditen de modo conjunto la sociedad.

¿Qué ocurre si estando la sociedad obligada a auditarse, la Junta General no acuerda el nombramiento de auditor de cuentas antes de que haya finalizado el ejercicio a auditar?. En tal caso, la Ley prevé que cualquier socio podrá instar al Registrador mercantil donde radique el domicilio social de la entidad, a que nombre a las personas o persona encargadas de realizar la auditoría.

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