Mapa de riesgos de los clubes de futbol. Compliance penal.
En el post de hoy de Devesa & Calvo Abogados en Alicante, Benidorm y Valencia, abordaremos una temática de rabiosa actualidad: el mapa de riesgos penales en los clubes de futbol, desde el punto de vista del compliance penal.
En un periodo ciertamente breve, hemos tenido conocimiento de (i) la condena penal de uno de los clubes más importantes del mundo por sendos delitos fiscales cometidos por uno de sus empleados (caso Neymar); (ii) del “amaño” del resultado de un partido de fútbol para asegurar las apuestas de un grupo presuntamente mafioso a cambio de dinero a jugadores –empleados— del club Alicantino (Caso Eldense vs Barcelona B) y, finalmente, (iii) la muerte de un hincha del “Belgrano” (Club argentino), presuntamente arrojado al vacío por los seguidores del equipo rival durante en el propio partido de fútbol.
En este sentido, por su relevancia mediática y disparidad de conductas susceptibles de producir riesgos criminales o penales con ocasión de su actividad o giro normal de la empresa, en esta ocasión vamos a esbozar algunos de los riesgos específicos que un club de fútbol profesional debe tener en cuenta en su Plan de Prevención de Delitos como los que acabamos de enunciar; es lo que técnicamente se conoce, en el ámbito del compliance penal, como mapa de riesgos penales.
Al igual que existen riesgos laborales y medioambientales con ocasión del desarrollo de la actividad empresarial (pensemos en la construcción de un edificio o la producción de carbón u otros minerales en una mina, etc,) existen riesgos penales asociados directa e indirectamente a la actividad cotidiana, giro o tráfico, de la empresa. Estos riesgos los constituyen el subconjunto de aquellas actividades susceptibles de propiciar la comisión de un delito y que, básicamente, pueden diferenciarse en riesgos penales específicos, como los anteriormente señalados, y generales.
El programa de cumplimiento normativo penal que, a efectos didácticos, puede considerarse como el “Plan de prevención de riesgos criminales”, es decir: de prevención de delitos susceptibles de ser cometidos en el seno de la empresa debe, no obstante, entenderse desde la perspectiva más amplia que podamos imaginar, como un universo amplio que abarca toda la cadena de valor de la misma: i+d, proveedores, operaciones o producción, ventas, logística, soporte RR.HH, contabilidad, etc, etc,.. y que viene definido por la concurrencia de la variable introducida por el propio Código Penal siguiente: “existencia de un beneficio directo o indirecto de la empresa como resultado o con ocasión de la comisión del delito por el directivo o empleado”
Si hablamos pues de riesgos y de un plan de prevención de los mismos tendente a evitar su efectiva materialización, resulta evidente que la identificación de esos riesgos (mapa de riesgos penales) se torna como factor clave de éxito del propio plan, de todo el programa de cumplimiento (Plan de Prevención) habida cuenta de que resulta fácil concluir que: “mal puede prevenirse aquello que no se ha identificado previamente”. Independientemente pues de las circunstancias de modo, lugar y tiempo en que, efectivamente, todos estos hechos señalados al inicio (amaño de partidos, evasión fiscal, delitos violentos…) acontecieron y de la existencia de otros riesgos específicos asociados a ésta actividad industrial (doping, acoso laboral, delitos contra menores, etc,..). Estamos ante conductas delictivas realizadas con ocasión de la actividad ordinaria de la empresa u organización: en este caso de un club de fútbol profesional.
En consecuencia, la posibilidad y probabilidad de que estas conductas criminales efectivamente puedan darse en el club, debe no solamente contemplarse expresamente el Plan de Prevención mediante la identificación de todos y cada uno de los elementos susceptibles de propiciarlas, sino que, además, deberán plasmarse todas aquellas acciones, normas, procedimientos y medidas tendentes a asegurar eficazmente la imposibilidad de su comisión o al menos demostrar la idoneidad para ello en el caso de que, finalmente, no hayan podido evitarse.
El mapa de Riesgos Penales deberá identificar este conjunto de actividades potencialmente peligrosas o idóneas para permitir la comisión de estos delitos en el club y además deberá estimarse por cada riesgo identificado, la posibilidad de su efectivo acaecimiento, la probabilidad del mismo, su impacto y vulnerabilidad de la organización ante cada riesgo en concreto previsto.
De esta forma, y no solamente a efectos de poder buscar la eximente de responsabilidad penal del club u organización, podremos ir avanzando en la cultura de cumplimiento normativo de una industria que es la mayor del planeta solo por detrás del Turismo y que Implica a más de 270 millones de personas. 240 millones lo practican en más de 1.5 millones de equipos según la FIFA y su PIB se sitúa por encima de los 500 MM USD, siendo la 17ª economía del mundo.
Se ha escrito mucho sobre la ejemplaridad y los valores que debe transmitir un deporte que es el de mayor repercusión socioeconómica en el mundo pero lo cierto es que, convertido en un negocio por encima de todo, los riesgos que acechan se han multiplicado en los últimos tiempos y la liga de fútbol profesional LPF no ha querido quedarse “fuera de juego” en este asunto, incorporando la obligación de todo socio de éste organismo de implementar un plan de prevención de riesgos penales en su club.