¿Por qué las grandes fortunas empiezan a utilizar las SIL (Sociedades de Inversión Libre) para la gestión de su patrimonio?


No es de extrañar que cada vez más las familias con un extenso patrimonio estén optando por estructurar sus inversiones a través de figuras como las Sociedades de Inversión Libre o SIL. El férreo control que la administración tributaria está llevando a cabo con las Sicavs está produciendo una migración hacía este tipo de figura de inversión colectiva.

Diversificación de inversiones con las SIL y obras de arte

Las obras de arte no quedan fuera de una posible gestión a través de las SIL. Estos vehículos de inversión colectiva ofrecen una alternativa que facilita a los inversionistas diversificar su cartera con estrategias de inversión amplias e incluyendo activos alternativos, como son las obras de arte. La particularidad que ofrecen las SIL es poder elegir, como su nombre indica, libremente los activos de la cartera dándole un carácter flexible. En España, su regulación se encuentra en Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva y su reglamento aprobado por el Real Decreto 1082/2012, de 13 de julio.

El número de vehículos constituidos de este tipo, a la fecha de este artículo, es de 142, y se espera un incremento del mismo como reacción al control de cumplimiento de los requisitos de Sicavs que mencionábamos en el primer párrafo.

Beneficios fiscales de las SIL

Entre los principales atractivos de las SIL está su tributación. El rendimiento de estos vehículos tributa al 1% en el Impuesto de Sociedades, no obstante, sólo pueden formar parte de su accionariado inversores profesionales u otros inversores cuya inversión sea superior a 100.000 euros o actúen mediante recomendación personalizada de asesor. Igualmente, se exige que las acciones de la SIL estén repartidas entre, al menos, 25 accionistas frente a los 100 accionistas que se exigen para las Sicavs.

Propiedad y gestión de obras de arte en una SIL

Enfocando este artículo en el derecho del arte, la propiedad de la obra de arte adquirida, por tanto, corresponderá a la SIL ya que tiene personalidad jurídica propia, es decir, no es adquirida directamente por los miembros de la misma. Los inversores podrán recibir beneficios o, en su caso, compartir pérdidas pero los activos pertenecen a la sociedad.

Respecto a la inversión en obras de arte a través de una SIL, una de las mayores ventajas supone que se puede hacer uso del apalancamiento para la adquisición de obras de gran valor sin necesidad de tener todo el capital de manera inmediata. El arte como activo puede crear un crecimiento patrimonial sostenido y en momentos de crisis financieras o de inflación la inversión en arte permite diversificar las carteras amortiguando la volatilidad.

Tradicionalmente se ha considerado que las obras de arte son activos refugio, ya que al tratarse de bienes tangibles “el arte es más seguro que las acciones, siempre estará ahí y siempre habrá un valor para él” (Abdini, 2007). En la actualidad, según datos publicados por UBS, en 2023 la inversión en obras de arte de family offices representa entre un 5 y un 20% de su inversión total. Por otro lado, el último informe del mercado del arte realizado por ArtPrice arroja unos datos que confirman un crecimiento de las transacciones en arte, pero una ralentización del mercado debido al menor número de remates récord en subastas. Las generaciones X e Y están teniendo un fuerte impacto en el mercado on-line y en mercados como India y Hong Kong crecen enormemente las ventas de arte contemporáneo.

Tradicionalmente, los mayores beneficios de inversión se encontraban en obras por encima de los 500.000 dólares. Sin embargo, no hay que subestimar el potencial de artistas emergentes que con un buen asesoramiento nos pueden dar grandes sorpresas y conformarán el arte contemporáneo del futuro.

Importancia del asesoramiento en la compra y venta de arte

Si bien es cierto que el mercado del arte es mucho más transparente que hace unos años, es importante contar con el apoyo profesional para interpretar bien los datos, estar al día de las tendencias, decidir qué obras adquirir, buscar artistas con potencial de crecimiento, estudiar la procedencia de la obra y la autenticidad. A este respecto, queremos hacer hincapié en la importancia de dar seguridad jurídica a las transacciones de obras de arte mediante la realización previa a la compra de una due diligence realizada por profesionales que determine el grado de riesgo de la operación. Asimismo, será necesario realizar una correcta tasación que deberá ser revisada periódicamente para conocer, por un lado, la rentabilidad de la SIL y, por otro, confirmar que las obras se encuentran correctamente aseguradas.

Uno de los temas más complicados de la gestión de obras de arte en una SIL es la venta de piezas. Se trata de un mercado con menos liquidez que el financiero por lo que los tiempos de venta no son inmediatos. Vender de manera rápida puede derivar en bajo precio y en pérdidas. En ese caso, de nuevo, es fundamental contar con el apoyo de asesores que determinen cuál será la mejor vía para realizar la transacción (venta entre particulares, acudir al mercado de galeristas o subasteros, etc.) y todos los impactos de la venta a nivel fiscal. En el caso de ventas fuera del país de residencia de la obra habrá que asegurarse de tener los permisos de exportación necesarios. De nuevo, la figura del asesoramiento de un profesional es fundamental para evitar caer en delitos de tráfico ilícito de obras de arte o de blanqueo de capitales.

Como conclusión, podemos decir que la adquisición de obras de arte mediante una SIL puede resultar muy beneficiosa para la sociedad siempre y cuando ésta se realice bajo el asesoramiento de profesionales del mundo legal y del arte. Devesa cuenta con un equipo experto en derecho de sociedades con un departamento exclusivamente dedicado al derecho del arte donde realizamos due diligence, tasaciones, asesoramiento para adquisición y venta, permisos de exportación, etc.

¿Necesita asesoramiento? Acceda a nuestras áreas relacionadas con la inversión en obras de arte a través de Sociedades de Inversión Libre (SIL):

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